La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) anunció la puesta en marcha de una nueva moratoria destinada a regularizar deudas fiscales en la Ciudad de Buenos Aires. El plan estará vigente a partir del 3 de noviembre de 2025 y permitirá a los contribuyentes cancelar sus obligaciones con amplias facilidades de pago, alcanzando hasta 48 cuotas.
La medida busca aliviar la carga fiscal y ofrecer una salida tanto a personas físicas como jurídicas que mantengan deudas impositivas vencidas. Según lo informado, la adhesión tendrá un plazo de 90 días y abarcará desde impuestos corrientes hasta causas en instancia judicial.
Qué deudas podrán regularizarse
La moratoria aplica a todos los impuestos administrados por AGIP y contempla deudas vencidas hasta el 31 de agosto de 2025. En esta ocasión, se prevé una condonación total o parcial de intereses y punitorios, con quitas que podrían llegar hasta el 100%, dependiendo del momento en que el contribuyente se adhiera al plan.
El beneficio alcanza tanto a las deudas administrativas como judiciales. En estos casos, se suspenderán los plazos procesales y la prescripción penal. Además, la cancelación de la deuda, ya sea al contado o mediante plan de pagos, implicará la extinción de la acción penal, infraccional o delictual vinculada a esa obligación.
Beneficios y plazos de la moratoria
La medida establece un esquema flexible: quienes se adhieran al inicio del plazo obtendrán mayores quitas de intereses y mejores condiciones de financiación. En total, se podrá optar por planes de hasta 48 cuotas, lo que ofrece un horizonte más amplio para regularizar la situación tributaria sin generar un peso excesivo en las finanzas cotidianas.
La ventana de adhesión será de 90 días desde el 3 de noviembre, fecha de entrada en vigencia del régimen. En las próximas semanas, AGIP difundirá en su página oficial los detalles operativos, plazos y procedimientos para concretar la inscripción.
Quiénes no podrán adherirse
El régimen de regularización contempla exclusiones claras. No podrán acceder:
-
Personas declaradas en quiebra.
-
Personas con condenas por delitos previstos en la Ley Nacional 24.769 (Régimen Penal Tributario) o contra la Administración Pública porteña.
-
Aquellos que ya cuenten con un plan de facilidades vigente al 31/08/2025, que incluya condonación o reducción de intereses y multas.
De este modo, la AGIP apunta a un universo de contribuyentes que, sin estar alcanzados por restricciones judiciales o beneficios previos, podrán aprovechar esta nueva oportunidad para ponerse al día con sus obligaciones.
Más historias
Caputo fijó fechas para concesión de rutas
Caputo llegó a Washington y se reúne con Bessent por el salvataje
YPF suma apoyos contra los buitres