MULTAS DE HASTA 5 MIL PESOS A QUIEN SORPRENDAN SIN TAPABOCAS

MULTAS DE HASTA 5 MIL PESOS A QUIEN SORPRENDAN SIN TAPABOCAS

MULTAS DE HASTA 5 MIL PESOS A QUIEN SORPRENDAN SIN TAPABOCAS

RIGE LA LEY QUE ESTABLECE MULTAS POR OMISIÓN DE USO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN OBLIGATORIOS –COVID 19-.
A partir de su publicación en el Boletín oficial del gobierno de la provincia de la Pampa, ya rige la ley que sancionará con fuertes multas, a quien omita el uso de elementos imprescindibles de protección. La norma habilita a sancionar a quien sea sorprendido sin utilizar “elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público, para circular en transporte público o transporte privado, para circular y permanecer en espacios públicos y espacios compartidos en el ámbito de la provincia de La Pampa mientras se encuentre en vigencia el estado de máxima alerta sanitaria establecido por el Decreto correspondiente”. La multa será como mínimo de entre dos y cinco mil pesos “sin perjuicio de las actuaciones que correspondiere a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal…”
En caso de reincidencia, los montos se incrementarán en un cien por ciento (100%).
Por otra parte –en lo que hace a comercios, empresas, industrias y de todos aquellos establecimientos que desarrollen actividades económicas, deportivas, artísticas y sociales- la nueva ley que ahora entró en vigencia, establece clausuras de hasta cinco días que podrían extenderse en caso de reincidencia hasta 15 días la segunda vez, y 30 días la tercera oportunidad en que vuelvan a incumplir la norma.
Por último, en relación a la restricción de los encuentros sociales y reuniones familiares, toda persona que sea sorprendida incumpliendo los días y horarios establecidos a tal fin, podrán ser sancionados con multa que van desde los 2 a 4 mil pesos. En caso de reincidencia, los montos se incrementarán en un cien por ciento (100%)