Al igual que en la AUH, el cumplimiento de estas condiciones podrá validarse automáticamente a partir de la información remitida por el Ministerio de Salud. De no contar con esos datos, la titular deberá presentar la documentación respaldatoria ante la ANSES. El texto aclara que el derecho al cobro caducará automáticamente si la acreditación no se realiza dentro de los 12 meses de ocurrido el hecho.
Los objetivos de esta decisión
La iniciativa se inscribe en los principios de eficiencia administrativa, simplificación de trámites y garantía de derechos, en línea con la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley 27.611 de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia.
Además, el Gobierno destacó que la medida apunta a fortalecer el sistema de protección social, articulando la política sanitaria con la política de ingresos, y reforzando los compromisos del Estado nacional en materia de primera infancia y reducción de la pobreza infantil.
La resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, y la ANSES quedó facultada para dictar las normas operativas necesarias para su implementación.
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