La normativa establece que los sujetos alcanzados podrán emitir facturas por operaciones individuales o por período mensual para cada adquirente, prestatario o locatario, según la modalidad que elijan.
La disposición alcanza, entre otros, a los siguientes sectores:
- Entidades financieras.
- Compañías de seguros.
- Administradoras de tarjetas de crédito, compra y prepagas.
- Operadores de pagos mediante transferencias.
- Instituciones educativas de gestión privada.
- Empresas de medicina prepaga.
- Proveedores de Servicios de Activos Virtuales inscriptos ante la CNV.
En los casos en que se opte por la liquidación electrónica mensual, ARCA exige conservar los registros, la documentación respaldatoria y toda la información necesaria para identificar las operaciones incluidas en cada comprobante emitido.
Además, los comprobantes deberán generarse como máximo hasta el último día de cada mes calendario y ponerse a disposición del receptor dentro de los 10 días corridos posteriores a su emisión.
Por otra parte, la resolución también actualiza el listado de actividades que quedan exceptuadas de la obligación de emitir comprobantes. Entre ellas figuran:
- Algunas operaciones realizadas por organismos estatales.
- Determinados servicios postales.
- El transporte público en los casos previstos por la normativa.
- Los juegos de azar.
- Los espectáculos públicos.
- Las máquinas expendedoras automáticas que cumplan con los requisitos técnicos de control establecidos.
Identificación de consumidores finales y puntos de venta
Otro de los cambios incorporados por ARCA modifica la información que deberá consignarse en los comprobantes emitidos a consumidores finales, con nuevos requisitos según el monto de la operación.
De acuerdo con la normativa, cuando una compra o contratación sea igual o superior a $10.000.000, el comprobante deberá incluir el DNI, CUIL o CDI del cliente. En el caso de personas extranjeras, será válido el documento de identidad del país de origen o el pasaporte.
En cambio, si la operación no alcanza ese importe, los campos correspondientes al apellido, nombre y domicilio podrán completarse con la sigla «NR» de No Requerido o con ceros, siempre que el sistema de facturación o el controlador fiscal así lo exijan.

Más historias
Asistencia social en julio 2026: cuándo se cobran la AUH y la Tarjeta Alimentar a través de ANSES
Asignación Universal por Hijo de ANSES: quiénes cobrarán hasta $80.000 en julio 2026
Compras al exterior y aduana: la guía definitiva de ARCA para comprar en Shein y Temu sin pagar impuestos de más