El beneficio está dirigido principalmente a trabajadores registrados comprendidos en el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). Pero también pueden acceder titulares de la Prestación por Desempleo, personas que cobran una prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), trabajadores de temporada y titulares de la Pensión Honorífica para Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Límites y topes del grupo familiar para mantener el beneficio
Además de pertenecer a alguno de los grupos habilitados, hay que respetar los límites de ingresos establecidos para las asignaciones familiares. Para agosto, el tope individual es de $3.092.203 por integrante, mientras que el ingreso máximo del grupo familiar es de $6.184.406.
Estos valores se actualizan en línea directa con las modificaciones que se aplican al régimen de asignaciones familiares. Por eso, quienes consulten el beneficio en otros meses deben revisar nuevamente los montos vigentes para ese período.
¿Se cobra por ambos cónyuges? Condiciones y casos especiales
Sí. Los dos integrantes del matrimonio pueden solicitar la Asignación por Matrimonio, pero no alcanza con que estén casados: cada uno debe cumplir por separado con las condiciones necesarias para acceder al beneficio.
Si los dos cónyuges son beneficiarios y cumplen con los requisitos de ingresos y pertenencia al régimen correspondiente, cada uno puede recibir los $131.652 establecidos para agosto. En ese escenario, el matrimonio cobraría $263.304 entre ambos. Si solamente uno reúne las condiciones, se paga únicamente ese beneficio.
Para iniciar la solicitud, hay que contar con la documentación que permita acreditar el vínculo. ANSES indica que deben reunirse los documentos de ambos cónyuges y que el trámite puede iniciarse mediante Atención Virtual. La documentación incluye el DNI de ambos integrantes de la pareja y la partida o acta de matrimonio.
El plazo también es clave. La solicitud tiene que iniciarse cuando hayan transcurrido al menos dos meses desde el matrimonio y antes de que se cumplan dos años del evento. Si se deja pasar ese período, se pierde la posibilidad de iniciar el trámite para cobrar la asignación.
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