18 de septiembre de 2026

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Despidos subsidiados por el Estado: relajan controles antilavado para acelerar la implementacón del FAL

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De esta manera, la UIF diferenció a los FAL de otros productos de inversión colectiva de propósito general y aplicó un tratamiento proporcional a los riesgos identificados. La reforma fue elaborada en conjunto con la CNV.

Los Fondos de Asistencia Laboral fueron creados por la Ley 27.802 para que los empleadores privados constituyan reservas con fondos antes destinados a la Anses para afrontar determinadas obligaciones laborales e indemnizatorias.

La UIF aclaró que la flexibilización se limita exclusivamente a los fondos y operaciones vinculados con este régimen. Por lo tanto, no modifica la condición de sujetos obligados de las entidades del mercado de capitales ni elimina sus restantes responsabilidades en materia de prevención del lavado de activos.

La resolución también actualizó las referencias normativas sobre los actores alcanzados por la regulación. Según precisó el organismo, se trata de una adecuación técnica que no incorpora nuevas obligaciones ni modifica el universo de entidades comprendidas.

De esta manera la UIF completa otro de los pasos regulatorios necesarios para la implementación del FAL. Previamente, la CNV había aprobado la reglamentación definitiva, que habilitó su constitución mediante fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros y definió los instrumentos en los que podrán colocarse los recursos.

El FAL se financiará con aportes equivalentes al 2,5% de la masa salarial en el caso de las pymes y al 1% para las grandes empresas. Ese dinero tendrá un patrimonio separado, inembargable y de afectación específica, por lo que no podrá ser retirado libremente y solo se utilizará para afrontar obligaciones derivadas de la finalización de relaciones laborales.

Aunque está previsto que el sistema comience a funcionar el 1° de noviembre, todavía restan las reglamentaciones de ARCA y la Secretaría de Trabajo. Las empresas que no elijan un vehículo serán asignadas de oficio por la CNV, aunque ese mecanismo recién comenzaría a aplicarse a partir de enero de 2027.

Resolución 109/2026:

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