Además, establece que quienes obtengan una concesión de explotación deberán abonar regalías sobre la producción, las cuales serán calculadas conforme a la normativa vigente y a las condiciones que establezca el pliego del concurso.
Otro de los puntos incorporados por el decreto autoriza la inclusión de cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales internacionales con sede en países adheridos a la Convención de Nueva York de 1958 para resolver eventuales controversias vinculadas con los permisos de exploración y las concesiones de explotación.
No obstante, el texto aclara que esa autorización no implica una renuncia de la República Argentina a la inmunidad de ejecución sobre determinados bienes, entre ellos las reservas del Banco Central de la República Argentina (BCRA), los bienes del dominio público, los activos destinados a servicios públicos esenciales, los bienes diplomáticos, militares y aquellos que integran el patrimonio cultural del país.
Decreto 590/2026:


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