23 de septiembre de 2026

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La Fiscalía criticó a la jueza que sobreseyó a un delincuente de 14 años y apeló el fallo

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Riggi describió esos elementos al explicar los argumentos de la resolución. “Aplica el régimen anterior, la 22.278. Para eso toma en cuenta la edad, la vulnerabilidad, el grado de tentativa y que no hubo lesiones”, señaló.

El fiscal general adjunto dijo que la Fiscalía detectó problemas en la argumentación de la decisión. “Nosotros hallamos una ‘debilidad enorme’ en varios de los fundamentos de esa decisión”, manifestó. Y anticipó que existen siete puntos jurídicos para cuestionar la sentencia, pero la comunicación se interrumpió antes de que pudiera enumerarlos.

El funcionario aclaró que su crítica no apuntaba contra la facultad de los jueces para controlar la constitucionalidad de las normas. “No voy a hacer un ataque personal, sino simplemente jurídico”, dijo.

Riggi reconoció que los jueces pueden declarar inconstitucional una ley cuando el caso lo requiera. Sin embargo, sostuvo que esa potestad debe aplicarse como última alternativa.

No voy a negar que un juez puede hacer un control de constitucionalidad y que es una facultad y un deber, incluso llegado el caso”, expresó el representante del Ministerio Público Fiscal.

Luego citó el criterio de la Corte Suprema de Justicia sobre ese tipo de resoluciones. “Según la Corte, es el acto de suma gravedad y extremo, es lo último. Es decir, si no le queda ninguna otra salida, podría llegar a declarar inconstitucionalidad”, afirmó.

La jueza Laura Beatriz de Marinis, titular del juzgado penal juvenil, contravencional y de faltas N° 3.

La jueza Laura Beatriz de Marinis, titular del juzgado penal juvenil, contravencional y de faltas N° 3.

La causa por la que imputaron al menor de 14 años

La causa contra M.I.A., de 14 años, había sido iniciada por una tentativa de robo infraganti, el 10 de septiembre. El adolescente estaba imputado junto a otras tres personas. Fue el único de los cuatro que recibió el sobreseimiento por la declaración de inconstitucionalidad de la ley que rige desde el 5 de septiembre pasado.

Uno de los argumentos de la jueza aborda la necesidad de dar una respuesta social desde el Estado (educación, contención, salud) en lugar del castigo penal a jóvenes cuyas trayectorias vitales han estado marcadas por la vulneración de derechos básicos.

La resolución dispuso su sobreseimiento y ordenó la intervención del Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad para elaborar un plan de acompañamiento familiar, facilitar su regreso a la escuela y promover su acceso a actividades recreativas.

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