4 de mayo de 2026

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Los padres de un preso deberán afrontar la cuota alimentaria de su nieto

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La justicia de Río Negro obligó a un preso a respetar la cuota alimentaria de su hijo de un año. El reo deberá pagarle a la madre del bebé, todos los meses, una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil. Al ser insolvente, sus padres, es decir, los abuelos paternos del menor, deberán afrontar la cuota

El fallo fue dictado por el fuero de familia de Cipolletti. El padre está detenido en La Pampa y el proceso se inició a comienzos de 2024 por la denuncia de la madre, que afrontaba sola su crianza. Al iniciar la demanda de alimentos extendió la responsabilidad a los padres de este. Estos son jubilados y perciben otro ingreso estable por alquileres. 

La mujer no cuenta con un trabajo formal. Al iniciar la demanda, no tenía contacto con el padre de su hijo, quien fue intimado, al igual que sus progenitores, y nunca respondieron. Esto fue tomado como una aceptación de lo denunciado por la querellante y al poco tiempo se supo que el demandado, oriundo de Cipolletti, se encontraba detenido en La Pampa

La causa siguió su curso. Al comprobarse que está preso y, en consecuencia, sin ingresos, la Justicia ordenó que los padres del detenido se hagan cargo de la cuota alimentaria

Se trata de un fallo que sienta precedente en la justicia rionegrina. El Código Civil y Comercial no exige que la persona obligada a pagar alimentos tenga ingresos comprobados: alcanza con acreditar que se está en edad laboral y se es apto para generar recursos

Según el fallo, se debe liquidar una deuda acumulada desde agosto pasado hasta la fecha, que se actualiza. Son unos 300 mil pesos por mes. Y se deberá abonar del 1º al 10. Además, se considera la «solidaridad familiar», esto es, que además de la cuota asignada, deberán aportar el 10 por ciento  de su jubilación. Rige para la abuela y no es una medida acumulativa.

Es una obligación subsidiaria, no automática, lo que significa que si el padre de la criatura afronta la deuda, los abuelos del niño no deberán pagar.

Hay un caso parecido que se registró en Salta en 2022. Un hombre fue condenado a pagar el equivalente al 50 por ciento de un salario mínimo, vital y móvil, pero en su ausencia (condenado a prisión, cobraba un monto mínimo en la cárcel por labores, insuficiente para cubrir las necesidades de sus tres hijos) se impuso al padre de éste que abone el quince por ciento de lo que cobra en su empleo. 

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