Es que, como se advirtió, el régimen recién reglamentado no obtuvo ni de lejos el resultado que esperaban en el Ministerio de Economía; esto es, que los individuos ingresaran al sistema financiero formal los dólares que Luis Caputo necesita como el agua.
Fue el propio titular del Palacio de Hacienda quien decidió avanzar con cambios después de reunirse con contadores y tributaristas que marcaron objeciones técnicas sobre el alcance del esquema que por ahora no convence a casi nadie.
Lo que se pretende desde el Gobierno es brindar mayor seguridad jurídica y ampliar los incentivos para que los contribuyentes usen fondos no declarados o fuera del sistema sin quedar expuestos a revisiones fiscales. Lisa y llanamente, un blanqueo o amnistía con amplios beneficios, aunque en Economía se nieguen a definirlo de tal modo.
Claves de la Ley de Inocencia Fiscal anunciada por Luis Caputo
Los puntos clave del régimen vigente, sin las modificaciones todavía en estudio, son:
- Declaración Jurada Simplificada: Los contribuyentes que cumplan con ciertos topes de ingresos y patrimonio pueden optar por adherirse a este esquema. En él, ARCA propone un borrador y ya no fiscaliza consumos personales ni justifica variaciones patrimoniales.
- Efecto Liberatorio: Al presentar esta declaración y pagar en tiempo y forma, ese año fiscal queda «cerrado» y no puede ser reabierto por el fisco.
- Mayor umbral penal: Se elevaron drásticamente los montos a partir de los cuales una evasión se considera delito penal. El piso de evasión simple pasó de $1,5 millones a $100 millones y el de evasión agravada a $1.000 millones.
- Reducción de prescripción: Para los contribuyentes cumplidores, el plazo en el que el fisco puede revisar y exigir el pago de impuestos disminuye de 5 a 3 años.
- El fisco debe probar: Establece que ahora es el organismo recaudador quien debe demostrar la existencia de irregularidades concretas.


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