De acuerdo con los cálculos preliminares, las cuotas mensuales del Monotributo quedarían de la siguiente manera:
- Categoría A: $42.386,74
- Categoría B: $48.250,78
- Categoría C:
- Servicios: $56.501,85
- Bienes: $55.227,06
- Categoría D:
- Servicios: $72.414,10
- Bienes: $70.661,26
- Categoría E:
- Servicios: $102.537,97
- Bienes: $92.658,35
- Categoría F:
- Servicios: $129.045,32
- Bienes: $111.198,27
- Categoría G:
- Servicios: $197.108,23
- Bienes: $135.918,34
- Categoría H:
- Servicios: $447.346,93
- Bienes: $272.063,40
- Categoría I:
- Servicios: $824.802,26
- Bienes: $406.512,05
- Categoría J:
- Servicios: $999.007,65
- Bienes: $497.059,41
- Categoría K:
- Servicios: $1.381.687,90
- Bienes: $600.879,51
Estos importes son valores estimados calculados en base a la evolución de la inflación acumulada y podrían presentar modificaciones cuan
Cómo quedan los topes de facturación anual para no quedar excluido
La nueva actualización semestral del monotributo no impactará únicamente en el valor de las cuotas mensuales. También generará modificaciones en otros parámetros clave del régimen, como los topes de facturación, los alquileres devengados, el consumo de energía eléctrica y otros indicadores que determinan la categoría de cada contribuyente.
Estos datos tienen un rol central para quienes deben realizar la recategorización del Monotributo, un trámite que permite revisar la situación fiscal y definir si corresponde mantenerse en la misma escala, subir de categoría o pasar a una inferior según la actividad registrada en los últimos 12 meses.
Dentro del régimen simplificado, las categorías más bajas continúan siendo las que concentran la mayor cantidad de inscriptos. De acuerdo con relevamientos del sector, las categorías A y B representan una parte importante del total de trabajadores adheridos al sistema.
El Monotributo sigue siendo una herramienta clave para la formalización de trabajadores independientes, profesionales y pequeños emprendimientos. A través de un único pago mensual, los contribuyentes pueden cubrir las obligaciones impositivas, previsionales y el aporte correspondiente a la obra social.

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