31 de julio de 2026

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Monotributo ARCA: las fechas clave de agosto a tener en cuenta

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Por su parte, el 5 de agosto finalizará el plazo para completar la recategorización. Para determinar si corresponde modificar la categoría, los monotributistas deberán analizar los datos acumulados de los últimos 12 meses, es decir, el período comprendido entre julio de 2025 y junio de 2026.

En esa evaluación será necesario revisar la facturación, la superficie destinada a la actividad cuando corresponda, el consumo de energía eléctrica, los alquileres devengados y el resto de los indicadores que utiliza ARCA para definir la categoría correcta.

Una vez concluida esa instancia, el organismo iniciará las recategorizaciones de oficio. Estos controles automáticos se realizarán entre el 6 y el 20 de agosto, con el objetivo de detectar inconsistencias o contribuyentes que debían modificar su categoría y no lo hicieron.

El último vencimiento importante del mes llegará el 20 de agosto, fecha en la que deberá abonarse la cuota mensual del Monotributo. Ese pago ya incluirá los importes actualizados según la nueva tabla que entró en vigencia al comienzo del mes.

Qué pasa si cargás mal los datos en la recategorización

Declarar información errónea al momento de realizar la recategorización del Monotributo puede derivar en costos adicionales para el contribuyente. Si ARCA detecta inconsistencias entre los datos informados y la información disponible en sus sistemas, está habilitada para efectuar una recategorización de oficio y modificar la categoría asignada.

En esos casos, el organismo puede incorporar al monotributista a una categoría más alta, lo que implicará el pago retroactivo de la diferencia entre las cuotas abonadas y las que realmente debía haber pagado. A ese monto también se le sumarán intereses por mora y, cuando corresponda según la normativa vigente, una multa equivalente al 50% del impuesto omitido.

Si el error fue cometido por el propio contribuyente y eso derivó en una categoría superior a la que le correspondía, ARCA permite solicitar una rectificación. El trámite se realiza a través del servicio Presentaciones Digitales, donde se debe elegir la opción destinada a corregir la categoría por un error en la recategorización.

Para respaldar el pedido será necesario presentar documentación que demuestre cuál era la situación real del contribuyente. Entre los comprobantes que pueden solicitarse se encuentran:

  • Extractos bancarios.
  • Facturas emitidas.
  • Papeles de trabajo u otra documentación contable que respalde los ingresos declarados.

En cambio, si la modificación fue realizada automáticamente por ARCA luego de un cruce de información, el procedimiento para reclamar es distinto. En ese escenario, el contribuyente podrá presentar una apelación dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación enviada al Domicilio Fiscal Electrónico.

Al momento de realizar el descargo también será necesario adjuntar la documentación que permita acreditar los ingresos reales correspondientes al período evaluado. Con esa información, ARCA analizará el caso y definirá si corresponde mantener la categoría asignada o rectificarla.

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