Con los montos vigentes desde enero de 2026, los valores quedan así: A $37.085,74; B $42.216,41; C $49.435,58 servicios y $48.320,22 comercio; D $63.357,80 / $61.824,18; E $89.714,31 / $81.070,26; F $112.906,59 / $97.291,54; G $172.457,38 / $118.920,05; H $391.400,62 / $238.038,48; I $721.650,46 / $355.672,64; J $874.069,29 / $434.895,92; K $1.208.890,60 / $525.732,01.
Los detalles sobre la recategorización
La recategorización del Monotributo es obligatoria cuando cambian los números y se analiza sobre los últimos 12 meses. Se realiza dos veces al año, en febrero y agosto, con plazo hasta el día 5. Si no hubo variaciones, no hace falta hacer el trámite; si se superó o quedó por debajo del tope, hay que ingresar al sistema y actualizar la categoría.
No revisar la situación puede generar ajustes retroactivos, ya que ARCA cruza datos y puede aplicar recategorizaciones de oficio, con aviso en el Domicilio Fiscal Electrónico. Para evitar problemas en 2026, conviene controlar el límite anual de la categoría y seguir la facturación mes a mes. Cortita y al pie: los números mandan.

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