En ese sentido Zentriz advirtió que «el caso más sensible es el de los alquileres». El decreto derogó la Ley 27.551 y dejó en manos de las partes el plazo, la moneda y la forma de actualizar el precio. Si ese esquema cae y vuelve a regir el anterior, los contratos nuevos tendrían otra vez un plazo mínimo y un ajuste fijado por ley. Los contratos firmados bajo el DNU conservarían sus condiciones, de modo que podrían convivir hasta tres regímenes distintos en un mismo mercado.
El efecto se extiende más allá de la vivienda. Hoy, una deuda pactada en dólares debe pagarse en dólares. Si vuelve la redacción anterior del Código Civil y Comercial, podría cancelarse en pesos, y ese riesgo lo termina pagando el que pide crédito: el financiamiento privado en moneda extranjera para comprar un inmueble, maquinaria o bienes de capital tendería a encarecerse o a desaparecer.
De acuerdo con el informe de Zentrix, «en la salud privada, la lógica es similar». El DNU eliminó la autorización estatal de los aumentos de las prepagas y habilitó que los trabajadores deriven sus aportes directamente a ellas. Con la derogación, las cuotas podrían volver a requerir aprobación oficial y la libre elección de obra social perdería su base legal. «En el corto plazo, el afiliado gana previsibilidad. La experiencia previa indica, sin embargo, que cuando la cuota queda atrasada frente a costos que suelen crecer por encima de la inflación, el ajuste se traslada a la calidad del servicio, a los copagos y a la cadena de pagos de clínicas y prestadores», advierte el informe.
Y señala además que «los traspasos ya realizados deberían preservarse, pero los nuevos quedarían frenados y una parte de los aportes volvería a las obras sociales sindicales».
El tercer frente es el comercio exterior. El decreto estableció que las exportaciones e importaciones solo pueden restringirse por motivos económicos mediante una ley. Si esa regla deja de regir, el Poder Ejecutivo podría recuperar la facultad de hacerlo por decreto. Aun sin usarse, esa posibilidad pesa en las decisiones de los exportadores, que invierten meses antes de vender. A eso se sumaría el regreso de registros obligatorios para operar y de la retención de mercadería en puerto ante controversias, dos trabas que golpean más a las pymes y a los nuevos operadores.
La derogación también reordenaría ingresos entre sectores. El Compre Argentino obligaría al Estado a preferir proveedores nacionales, con mayor costo fiscal y más demanda para la industria local; los comercios volverían a tener topes en los aranceles de tarjetas, con probable traslado de ese costo a los usuarios; las pymes recuperarían espacios reservados en las góndolas de las grandes cadenas, y los productores yerbateros, un precio de referencia para la hoja verde. La Ley de Abastecimiento, por su parte, devolvería al Estado herramientas de control de precios cuyo efecto se sentiría, sobre todo, en las expectativas.
La derogación también devolvería protagonismo a actores que el decreto había desplazado, como las obras sociales sindicales, los registros del automotor -que recuperarían el monopolio territorial sobre los trámites vehiculares que el DNU había desregulado- y los organismos sectoriales, que recuperarían capacidad de intermediación y de negociación. Para las pymes, el saldo sería mixto: ganarían preferencias en compras públicas, góndolas y aranceles de tarjetas, pero enfrentarían más costos para exportar y un financiamiento en dólares más escaso.
Así planteado el escenario, el informe concluye que estaríamos ante un escenario «sin shock macroeconómico, porque la derogación no toca el régimen cambiario, monetario, tributario ni laboral, pero con un impacto concentrado en gastos que los hogares sienten todos los meses, como el alquiler y la cuota de salud, y en decisiones de empresas que se toman a largo plazo. El mayor riesgo no está en ninguna norma en particular, sino en el vacío entre una regla y otra. Sin una ley de transición que defina qué normas vuelven a regir y cómo se tratan los contratos en curso, la respuesta quedaría en manos de los jueces, caso por caso, y la incertidumbre se traduciría en decisiones postergadas y más litigios. Cualquiera sea el resultado de la votación, la discusión de fondo ya no es solo si el DNU 70 sigue o cae, sino cuáles son las reglas que ordenarán a partir del día después».
Informe completo:




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