20 de junio de 2026

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Javier Milei y Luis Caputo eliminaron el impuesto al cheque, pero para criptomonedas y operaciones digitales

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Para ello deroga una norma de 2021 que disponía diversas exenciones al impuesto al cheque en las transferencias de dinero pero que, a la vez, no regían cuando esas operaciones estuvieran relacionadas con el movimiento de criptoactivos. Aunque la persona estuviera exenta del impuesto, debía pagarlo cuando compraba cripto. Ese impedimento fue eliminado, por lo que cuando se opere en la compraventa de monedas digitales, se gozará de esa exención.

El decreto dispuso además que estén exentas del impuesto las cuentas utilizadas en forma exclusiva para operaciones con cripto, siempre que sus titulares sean operadores inscriptos en el registro de PSAV de la Comisión Nacional de Valores, lo que le otorga una clara validación a las billeteras registradas sobre las que no lo están.

El cambio es clave para el sector cripto, ya que equipara el tratamiento tributario de los operadores cripto con otros jugadores tradicionales del sector financiero, algo que venían pidiendo desde hace tiempo. En los últimos años, la Cámara Argentina Fintech impulsó la modificación en contacto con los organismos reguladores.

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El decreto que amplió las exenciones al impuesto al cheque involucró a otras operaciones financieras, con el objetivo de “adecuar la normativa aplicable a ciertos actores en atención a los adelantos tecnológicos» y, a la vez, «equiparar las condiciones de aquellos sujetos que, llevando adelante actividades de similares características, gozan de un tratamiento diferente en el gravamen“.

De esa forma, además de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), otros actores del sistema financiero se verán beneficiados como los servicios de pagos y cobranzas electrónicas, las administradoras de tarjetas y las transportadoras de caudales.

Decreto 475/2026:

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