EL 30 DE SEPTIEMBRE SE REALIZARÁ LA LECTURA DE SENTENCIA POR LOS CASOS DE ABUSOS EN EL JARDÍN DE 25 DE MAYO

EL 30 DE SEPTIEMBRE SE REALIZARÁ LA LECTURA DE SENTENCIA POR LOS CASOS DE ABUSOS EN EL JARDÍN DE 25 DE MAYO

EL 30 DE SEPTIEMBRE SE REALIZARÁ LA LECTURA DE SENTENCIA POR LOS CASOS DE ABUSOS EN EL JARDIN DE 25 DE MAYO

El miércoles 30 de septiembre en la Ciudad Judicial de Santa Rosa, el Tribunal de Impugnación Penal realizará la lectura de sentencia por los casos de abuso sexual en el jardin de infantes de 25 de Mayo, ocurridos en el año 2015.

Los docentes Tatavitto, Lopez, Bastias y Tello, involucrados en la causa, aguardan la sentencia en libertad.

"Los docentes no están libres porque son inocentes, sino porque se vencieron los tiempos de la prision preventiva" aclararon los padres de loa niños en dialogo con Radio Génesis.

"Fueron condenados por abuso sexual, hasta que la justicia no determine lo contrario, es esa la calificación" manifestaron.

"Estamos esperanzados que salga la nueva sentencia y que sea condenatoria" dijeron.

Cabe recordar que en su fallo, la Sala B -integrada por Fabricio Losi y Elena Fresco-, declaró inválida la sentencia condenatoria por “por existir arbitrariedad en los términos de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, y le ordenó al Tribunal de Impugnación Penal que con una integración diferente dicte un nuevo fallo “a la mayor brevedad posible”.

Posteriormente la Justicia logró conformar la integración del TIP que dictará el nuevo fallo y lo hizo con la designación de los jueces de control Carlos Matías Chapalcaz y Carlos René Ordas quienes dicten la nueva sentencia.

LA CONDENA

Los docentes que fueron condenados en el juicio por los supuestos abusos sexuales, el 1 de febrero de 2017, fueron Marcelo Tatavitto Roade, Gabriela Angélica Bastías y Oscar Aníbal López, mientras que María José Tello, lo había sido por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Tatavitto había sido condenado a 18 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por haber provocado un grave daño en la salud mental de un menor; abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de otro niño; y por su participación en el abuso sexual gravemente ultrajante de un tercer menor.

López y Bastías recibieron penas de siete años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de uno de esos tres alumnos. Tello, tres años y seis meses de prisión y siete de inhabilitación especial para desempeñar cargos públicos, por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

El mismo fallo del Tribunal de Audiencia que llevó a cabo el juicio había absuelto a Tatavitto y Tello por el beneficio de la duda en otros tres casos.

El 19 de mayo de ese año, la Sala B del Tribunal de Impugnación Penal, integrada por los jueces Mauricio Piombi y Fernando Rivarola, confirmó el fallo de primera instancia y las defensas fueron en Casación al STJ. Horas antes de la llegada del año 2018, el STJ nulificó el fallo condenatorio, ordenó que otros jueces del TIP dicten un nuevo fallo y liberó a los que estaban en prisión aunque les ordenó fijar domicilio en Santa Rosa, presentarse cada 20 días en la Oficina Judicial, no salir del país, abstenerse de contactarse con las víctimas y acercarse a menos de 500 metros del colegio.